El cava

Denominación de origen

Para elaborar cava se debe cumplir una serie de requisitos, precisamente para imponerlos, en 1972 se constituyó un consejo Regulador de los Vinos Espumosos y la adhesión de España a la CEE, supuso el reconocimiento del cava como vino espumoso de calidad. Este consejo regula todo los elaboradores de cava a nivel nacional.

Consejo Regulador del Cava

Adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Está integrado por viticultores y elaboradores (elegidos cada 4 años), y por representantes de las Comunidades Autónomas de la región y del Ministerio de Agricultura.

La adhesión de España a la CEE supuso el reconocimiento del Cava como vino espumoso de calidad producido en región determinada (v.e.c.p.r.d.) y en 1991 se promulgó el nuevo Reglamento propio de la Denominación. En 1993 se constituye el primer Consejo Regulador del Cava de conformidad con el nuevo Reglamento y las disposiciones de la Unión Europea. La D.O Cava es la única D.O española que se extiende por todo el territorio nacional.

Controla todo el proceso de producción y elaboración, garantizando el origen y calidad del Cava, disponiendo de servicios propios de control para la calificación y certificación del origen y características analíticas y organolépticas del Cava. Tiene potestad sancionadora, lleva los Registros del sector y realiza además funciones de promoción y fomento de estudios para la mejora de la calidad.

El Comité de Cata del Consejo califica cada vino que opta a la denominación Cava garantizando las características analíticas y organolépticas del mismo, y finalizado el proceso, el Consejo autoriza las etiquetas y expide los precintos que garantizan el origen, elaboración y calidad del Cava.

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